Buenos dias, a principio de enero 2013 y debido a la cantidad de dinero en prestamos que acumulaba mi hijo(por una adiccion) y ,para evitar,que acabase con el patrimonio familiar,ya que el suyo propio ya es inexistente, decidimos entre todos una incapacidad parcial de administracion de sus bienes (pródigo). la sentencia fué favorable y se registró un apunte en el registro civil.Tambien para evitar males mayores mandamos a cada banco o entidad financiera que encontramos por internet una carta certificada con acuse de recibo de cual era la situacion y de que no le prestasen dinero a mi hijo.
Pues el pasado mes,nos llevamos una desagradable sorpresa cuando este nos cuenta que ha solicitado un minicredito-rapido (no conociamos de su existencia),pero desde ese momento buscamos por internet y enviamos tambien cartas a esas empresas.
El caso es que no podemos mas....hemos tenido que dejar de pagar ya alguna deuda anterior a la curatela y si no me equivoco en el codigo civil el : Artículo 293 dice que : Los actos jurídicos realizados sin la intervención del curador, cuando ésta sea preceptiva, serán anulables a instancia del propio curador cuando ésta sea preceptiva, serán anulables a instancia del propio curador o de la persona sujeta a curatela, por lo que entiendo que este ultimo (y primer) contrato que ha solicitado de un valor de 300 euros sería nulo de pleno valor.....
no se,que consejo nos pueden dar al respecto
muchisimas gracias